La publicación de un decreto en el Periódico Oficial del Estado es un requisito indispensable para que los tribunales puedan analizar su constitucionalidad, pues de lo contrario, la omisión reclamada cesa sus efectos y se actualiza un impedimento para el estudio de fondo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el expediente 171/2024, determinó que no es posible analizar la constitucionalidad de un decreto hasta que este sea publicado en el medio oficial correspondiente. En el caso particular, se señaló que si el decreto ya había sido publicado a la fecha de la resolución, la omisión reclamada cesaba sus efectos, impidiendo el análisis de fondo de su inconstitucionalidad. Este criterio se fundamenta en la necesidad de certeza jurídica y en la analogía con lo resuelto en acciones de inconstitucionalidad previas.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.