El principio de non reformatio in peius impide que, tras la concesión del amparo, se imponga una pena mayor a la originalmente determinada, incluso si se reitera la condena.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió el amparo a un quejoso en un caso de secuestro agravado. Se determinó que la Sala responsable, al reponer el procedimiento, debía considerar las contradicciones en las declaraciones y aplicar el principio de non reformatio in peius, impidiendo que la nueva sentencia imponga una pena superior a la de la sentencia combatida. Sin embargo, se negaron los argumentos del adherente que buscaban controvertir el delito y la responsabilidad del quejoso principal, ya que estos aspectos quedaron firmes en el amparo principal.
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