El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, publicado el 9 de diciembre de 2013, y su reforma del 18 de noviembre de 2015, es inconstitucional en cuanto permite que la sola omisión de ejercer el derecho de prueba en la revisión electrónica dé lugar a exigir el pago de una preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.
El Juzgado de Distrito sobresee el juicio respecto de la aplicación de disposiciones fiscales y la expedición de normas generales contenidas en diversas Resoluciones Misceláneas Fiscales y sus modificatorias, así como actos de autoridades ejecutoras. Niega el amparo respecto de diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, reglamentos y reglas de las Resoluciones Misceláneas Fiscales. Sin embargo, concede el amparo respecto del proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación y su reforma, al considerar que la sola omisión de ejercer el derecho de prueba en la revisión electrónica no puede justificar el cobro de una preliquidación por la vía de apremio.
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