La revisión fiscal procede contra sentencias que declaran la nulidad de una visita domiciliaria cuando, por vicios de forma en el acta parcial, la Sala Fiscal la declara inexistente y, como efecto, también inexistentes los hechos que sustentan el crédito fiscal.
El Pleno en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito determinó la procedencia del recurso de revisión fiscal contra sentencias que anulan resoluciones de visitas domiciliarias. Esto ocurre cuando la nulidad se decreta por vicios formales en el acta parcial, lo que a su vez anula los hechos que sustentan el crédito fiscal. Se inaplican las jurisprudencias 2a./J. 150/2010 y 2a/J. 88/2011, que limitan la procedencia de la revisión fiscal en casos de nulidad por vicios formales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.