La reposición del procedimiento para otorgar garantía de audiencia a una de las partes, seguida de una nueva sentencia, constituye un cumplimiento de ejecutoria que debe ser analizado en sus propios términos.
El Tribunal Agrario, en cumplimiento a una ejecutoria, repuso el procedimiento para garantizar la audiencia de Karina Ponce Negrete. Posteriormente, dictó una nueva sentencia declarando la nulidad relativa de un contrato, concediendo el derecho del tanto a las partes y ordenando la devolución de una cantidad de dinero. Este proceso de cumplimiento de ejecutoria debe ser evaluado por su propia legalidad y no como una simple continuación del procedimiento original.
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