La construcción de obras en zonas federales de cuerpos de agua, como el "malecón" en el Lago de Chapala, requiere de la concesión o permiso de la Comisión Nacional del Agua, independientemente de la ubicación del asentamiento humano.
El Municipio de Chapala demandó la invalidez de una resolución de la Comisión Nacional del Agua que ordenó la demolición de un "malecón" construido en la ribera del Lago de Chapala y le impuso multas. El Municipio argumentó que el artículo 115 constitucional le otorgaba facultades para regular el uso del suelo en su territorio, incluyendo zonas federales, sin necesidad de concesión. La Suprema Corte determinó que, si bien los municipios tienen facultades en materia de desarrollo urbano, estas no prevalecen sobre la propiedad de la nación y la administración de las aguas nacionales, las cuales corresponden a la Federación y requieren de concesión o permiso para su aprovechamiento.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.