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372/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La imposibilidad de que la mercancía pase a propiedad del fisco federal, como sanción por la comisión de infracciones aduaneras, debe determinarse conforme a las disposiciones aplicables al momento de la comisión de la infracción.

Expediente
372/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
HUGO AGUILAR ORTIZ
Fecha
12 feb 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La imposibilidad de que la mercancía pase a propiedad del fisco federal, como sanción por la comisión de infracciones aduaneras, debe determinarse conforme a las disposiciones aplicables al momento de la comisión de la infracción.

Resumen

El caso se origina por la determinación de un crédito fiscal a una empresa por concepto de multa y cobro del valor comercial de mercancía, al no acreditar su salida del territorio nacional. La empresa argumentó que la conducta actualizaba una infracción distinta a la sancionada. El tribunal analiza la correcta aplicación de las disposiciones aduaneras y determina que la imposibilidad de que la mercancía pase a propiedad del fisco federal debe regirse por las normas vigentes al momento de la infracción.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.