La identificación administrativa de la inculpada a través de la ficha signalética debe ser solicitada por conducto de la juez de la causa.
El Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito modificó la resolución recurrida en el toca penal 100/2022. La modificación se centró únicamente en ordenar la identificación administrativa de la procesada mediante ficha signalética. Se especificó que esta solicitud debe ser realizada por conducto de la juez de la causa ante quien se sigue el proceso penal por el delito de defraudación fiscal equiparada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.