Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se concedió la suspensión provisional para el efecto de que la autoridad instruya el levantamiento de la inmovilización de cuentas bancarias de la quejosa, que se corresponden con el primer párrafo del artículo 135 de la Ley de Amparo, y encuadra en la expresión "actos relativos a determinación, liquidación, ejecución o cobro de contribuciones o créditos de naturaleza fiscal", por lo que la garantía fiscal no es necesariamente en un monto económico, como señaló la recurrente.
Expediente
284/2026
Tribunal
Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Mayra González Solís
Fecha
3 jun 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se concedió la suspensión provisional para el efecto de que la autoridad instruya el levantamiento de la inmovilización de cuentas bancarias de la quejosa, que se corresponden con el primer párrafo del artículo 135 de la Ley de Amparo, y encuadra en la expresión "actos relativos a determinación, liquidación, ejecución o cobro de contribuciones o créditos de naturaleza fiscal", por lo que la garantía fiscal no es necesariamente en un monto económico, como señaló la recurrente.
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