La omisión de otorgar una cita para presentar el aviso de cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por fusión de sociedades no se actualiza si la parte quejosa no demuestra haber solicitado una cita al Servicio de Administración Tributaria a través de un medio válido.
El presente juicio de amparo se sobresee al confirmarse la sentencia recurrida. La parte quejosa reclamó la omisión de otorgarle una cita para presentar el aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades. Sin embargo, no acreditó haber solicitado dicha cita al SAT por un medio válido, lo cual es un requisito indispensable para que la autoridad esté obligada a proporcionarla.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.