Las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa no están obligadas a requerir la exhibición de pruebas presentadas de manera incompleta, pues el requerimiento previsto en el artículo 214 del Código Fiscal de la Federación solo procede cuando las pruebas han sido ofrecidas pero no exhibidas.
El presente caso analiza la obligación de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de requerir la exhibición de pruebas presentadas de forma deficiente. Se establece que, de acuerdo con los artículos 209 y 214 del Código Fiscal de la Federación, el requerimiento de pruebas solo procede cuando estas han sido ofrecidas pero no exhibidas. Por lo tanto, las Salas no tienen la obligación de requerir pruebas incompletas, ya que hacerlo alteraría los principios de equidad procesal y estricto derecho.
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