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67/2022OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La autonomía técnica y de gestión de la Fiscalía Anticorrupción, prevista en la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos, le confiere la facultad de expedir sus propias disposiciones normativas para su administración, dirección y organización, así como para regular sus acciones y delimitar sus atribuciones, respetando el marco jurídico aplicable.

Expediente
67/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LUIS MARÍA AGUILAR MORALES
Fecha
25 ene 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La autonomía técnica y de gestión de la Fiscalía Anticorrupción, prevista en la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos, le confiere la facultad de expedir sus propias disposiciones normativas para su administración, dirección y organización, así como para regular sus acciones y delimitar sus atribuciones, respetando el marco jurídico aplicable.

Resumen

El presente caso analiza la autonomía técnica y de gestión de la Fiscalía Anticorrupción del Estado de Morelos, conforme a su Ley Orgánica. Se determina que dicha autonomía le permite expedir sus propias normativas para su administración, dirección y organización, así como para regular sus acciones y delimitar sus atribuciones. Esta facultad debe ejercerse respetando la Constitución Federal, los tratados internacionales, y las leyes nacionales y federales aplicables, garantizando la especialización técnica, profesionalización y rendición de cuentas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.