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241/2014TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Crédito fiscal derivado de una visita domiciliaria. Se consideran inoperantes los conceptos en los que se cuestiona la constitucionalidad del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, que establece la obligación para algunas empresas de dictaminar sus estados financieros, en virtud de que el amparo que llegara a concederse, en su caso, no tendría efectos prácticos porque la quejosa ya presentó su dictamen.

Expediente
241/2014
Tribunal
Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Luz Cueto Martínez
Fecha
29 may 2015
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Crédito fiscal derivado de una visita domiciliaria. Se consideran inoperantes los conceptos en los que se cuestiona la constitucionalidad del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, que establece la obligación para algunas empresas de dictaminar sus estados financieros, en virtud de que el amparo que llegara a concederse, en su caso, no tendría efectos prácticos porque la quejosa ya presentó su dictamen.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.