La imposición de multas por no presentar declaraciones a través de medios electrónicos carece de fundamentación material si los preceptos que establecen la obligación de presentar dichas declaraciones no contemplan dicha modalidad, sino su presentación ante oficinas autorizadas.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de multas impuestas por no presentar declaraciones de ISR e IVA a través de medios electrónicos. La Sala Regional determinó que la autoridad fiscal fundamentó las sanciones en preceptos que no establecían la obligación de usar medios electrónicos, sino la presentación física ante oficinas autorizadas, lo que generó una falta de motivación y fundamentación material en la resolución impugnada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.