La falta de exhibición de la constancia de negativa de pensión por incapacidad permanente parcial, por sí sola, no es motivo para desestimar la acción intentada, si se demuestra la existencia del accidente de trabajo y la incapacidad derivada del mismo.
El tribunal colegiado concedió el amparo a un trabajador contra la resolución de la Junta que lo absolvió al no presentar la negativa de pensión. Se determinó que la ausencia de dicho documento no es determinante si se acredita el accidente laboral y la incapacidad. En el caso, la Junta había absuelto al IMSS porque el trabajador no exhibió la constancia de negativa de pensión por incapacidad permanente parcial, sin embargo, el tribunal consideró que sí se demostró el accidente y la incapacidad.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.