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SEGUNDA SALA

La competencia material de una autoridad para emitir una orden de visita domiciliaria debe fundarse en la norma específica que le otorga la facultad, y no en disposiciones generales que no la contemplan expresamente.

Expediente
769/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
6 sep 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La competencia material de una autoridad para emitir una orden de visita domiciliaria debe fundarse en la norma específica que le otorga la facultad, y no en disposiciones generales que no la contemplan expresamente.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la legalidad de una orden de visita domiciliaria emitida por el Director General de Fiscalización del Estado de México. Se determinó que la fundamentación de dicha orden fue ilegal al citar disposiciones generales del reglamento interior de la secretaría de finanzas, omitiendo la norma específica que facultaba al Director para designar visitadores en materia de impuestos federales coordinados. Asimismo, se consideró incorrecto que la autoridad pospusiera la fundamentación de sus facultades de determinación de valor y clasificación arancelaria hasta la emisión del crédito fiscal, debiendo hacerlo desde la orden de visita.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.