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255/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Se desecha el recurso de revisión fiscal principal y se declara sin materia la revisión adhesiva El recurso se relación con un juicio de nulidad en el que se impugnó la resolución por la que se determinó que la contribuyente no acreditó que celebró las operaciones que amparan los comprobantes fiscales emitidos por la empresa que se presume realiza operaciones inexistentes, en términos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. La sala responsable declaró la nulidad, dado que lo resuelto en la sentencia dictada en diverso juicio de nulidad, actualizaba la figura de cosa juzgada refleja, al reconocer que la contribuyente desvirtuó la presunción de operaciones inexistentes; por lo cual una vez que dicha empresa destruyó tal presuntiva, la actora dejó de establecerse en el segundo supuesto del artículo 69-B del Código Fiscal. Se propone desechar por falta de legitimación el recurso de una autoridad, dado que no emitió la resolución impugnada ni fue parte en el juicio. Desechar por improcedentes los recursos de las restantes autoridades, dado que no se actualizan los supuestos del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. En específico las hipótesis propuestas relativas a importancia y trascendencia del asunto e interpretación de leyes en relación con violaciones cometidas en las propias resoluciones o sentencias, ni afectación al interés fiscal de la federación.

Expediente
255/2025
Tribunal
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Gustavo Naranjo Espinosa
Fecha
27 nov 2025
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se desecha el recurso de revisión fiscal principal y se declara sin materia la revisión adhesiva El recurso se relación con un juicio de nulidad en el que se impugnó la resolución por la que se determinó que la contribuyente no acreditó que celebró las operaciones que amparan los comprobantes fiscales emitidos por la empresa que se presume realiza operaciones inexistentes, en términos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. La sala responsable declaró la nulidad, dado que lo resuelto en la sentencia dictada en diverso juicio de nulidad, actualizaba la figura de cosa juzgada refleja, al reconocer que la contribuyente desvirtuó la presunción de operaciones inexistentes; por lo cual una vez que dicha empresa destruyó tal presuntiva, la actora dejó de establecerse en el segundo supuesto del artículo 69-B del Código Fiscal. Se propone desechar por falta de legitimación el recurso de una autoridad, dado que no emitió la resolución impugnada ni fue parte en el juicio. Desechar por improcedentes los recursos de las restantes autoridades, dado que no se actualizan los supuestos del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. En específico las hipótesis propuestas relativas a importancia y trascendencia del asunto e interpretación de leyes en relación con violaciones cometidas en las propias resoluciones o sentencias, ni afectación al interés fiscal de la federación.

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