La reposición del procedimiento, como efecto de la concesión del amparo ante la nulidad o falta de emplazamiento en un juicio de divorcio sin expresión de causa, tiene el alcance de dejar insubsistente la sentencia de divorcio dictada en dicho juicio.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de criterios sobre los efectos de la concesión de amparo ante la falta de emplazamiento en juicios de divorcio sin expresión de causa. Se determinó que la reposición del procedimiento, derivada de un emplazamiento ilegal o inexistente, debe anular la sentencia de divorcio y todo lo actuado posteriormente. Esto se fundamenta en la necesidad de garantizar la seguridad jurídica de la parte demandada, quien no tuvo conocimiento del proceso y, por ende, no pudo ejercer sus derechos, además de las múltiples implicaciones que un cambio de estado civil tiene en diversas materias.
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