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SJF · Tesis

La condena en conflictos de trabajo entre el Poder Judicial de la Federación y sus trabajadores debe ser a cargo del presupuesto de dicho poder, y no del patrimonio del funcionario demandado.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 2000
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La condena en conflictos de trabajo entre el Poder Judicial de la Federación y sus trabajadores debe ser a cargo del presupuesto de dicho poder, y no del patrimonio del funcionario demandado.

Resumen

El presente criterio establece que en los conflictos laborales que surgen entre el Poder Judicial de la Federación y sus trabajadores, la condena dictada debe recaer sobre el presupuesto del Poder Judicial Federal. Esto se fundamenta en la naturaleza de las relaciones de trabajo establecidas en el apartado B del artículo 123 de la Constitución Federal, que rigen las relaciones entre el Poder Judicial y sus servidores, por lo que la responsabilidad económica no puede ser imputada al patrimonio personal del funcionario demandado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.