La justicia de la unión no ampara ni protege al representante de una persona moral contra la orden y la visita de inspección ambiental, al haberse ajustado estas al parámetro constitucional y legal aplicable.
El Juzgado Cuarto de Distrito en Yucatán negó el amparo a David Alberto Novelo Valle, representante de Productora Nacional de Huevo, S.A. de C.V., contra actos de la Oficina de Representación de Protección Ambiental y Gestión Territorial. La negativa se fundamentó en que la orden y la visita de inspección se ajustaron a las formalidades previstas en la legislación ambiental aplicable, cumpliendo con los parámetros constitucionales y legales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.