La procedencia de la revisión fiscal y de la adhesiva está condicionada al cumplimiento de requisitos formales, cuya inobservancia conduce a su desechamiento o a declararlas sin materia, respectivamente.
El tribunal desecha el recurso de revisión fiscal y declara sin materia la adhesiva, al advertir vicios formales en la tramitación de los mismos. Estos vicios se relacionan con la suspensión del acta final de la visita domiciliaria, impidiendo el análisis de fondo de los asuntos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.