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16/2023SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La desactivación de comentarios en un canal de red social oficial del INE constituye un acto de naturaleza electoral, en virtud de que dicho canal es un instrumento para la comunicación social del órgano electoral, permitiéndole cumplir sus atribuciones constitucionales y legales en materia de participación ciudadana.

Expediente
16/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
13 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La desactivación de comentarios en un canal de red social oficial del INE constituye un acto de naturaleza electoral, en virtud de que dicho canal es un instrumento para la comunicación social del órgano electoral, permitiéndole cumplir sus atribuciones constitucionales y legales en materia de participación ciudadana.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la desactivación de comentarios en un canal de red social oficial del INE es un acto de naturaleza electoral. Esto se debe a que el canal funciona como una herramienta instrumental para la comunicación social del INE, facilitando el cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales relacionadas con la participación ciudadana en el ámbito electoral.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.