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PRIMERA SALA

La compensación equitativa por violación a deberes fiduciarios, prevista en el derecho canadiense, es compatible con el orden público mexicano al encontrar asidero en los principios y finalidades del derecho interno de daños y responsabilidad civil extracontractual.

Expediente
14/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
21 sep 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La compensación equitativa por violación a deberes fiduciarios, prevista en el derecho canadiense, es compatible con el orden público mexicano al encontrar asidero en los principios y finalidades del derecho interno de daños y responsabilidad civil extracontractual.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la homologación de una sentencia canadiense que condenó al pago de una compensación equitativa por violación a deberes fiduciarios. Los demandados argumentaron que dicha compensación era incompatible con el orden público mexicano, al basarse en especulaciones y no en daños reales, y que la extensión de la responsabilidad a una empresa era contraria al debido proceso. La Corte determinó que la evaluación de la contravención al orden público no exige una coincidencia exacta entre legislaciones, sino afinidad de principios. Concluyó que la compensación equitativa canadiense sí encuentra asidero en el derecho interno, por lo que la sentencia extranjera no es contraria al orden público mexicano por esa razón.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.