La orden de visita domiciliaria y el procedimiento de revisión que el Instituto Mexicano del Seguro Social realiza al dictamen de estados financieros de la persona contadora pública certificada están vinculados, aun cuando constituyan procedimientos de fiscalización distintos.
El presente caso analiza la vinculación entre la orden de visita domiciliaria y el procedimiento de revisión de dictámenes de estados financieros emitidos por contadores públicos autorizados, realizado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El Tribunal Colegiado determinó que, si bien son procedimientos de fiscalización diferentes, la orden de visita domiciliaria está intrínsecamente ligada al proceso de revisión del dictamen. Esto se basa en la jurisprudencia de la Suprema Corte que establece que las facultades de comprobación del IMSS inician con la revisión del dictamen, y las actuaciones posteriores, como la visita domiciliaria, se derivan de las irregularidades detectadas en dicha revisión.
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