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SJF · Ejecutoria

La procedencia de la suspensión provisional en el juicio de amparo, tratándose de la obligación de entrega de ejemplares de obras para el depósito legal, debe ponderarse a la luz del interés social y el orden público, sin que la naturaleza de las normas reclamadas como de orden público sea suficiente para negar la medida cautelar por sí sola, pues debe existir un análisis de fondo que evite incurrir en petición de principio.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
14 nov 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La procedencia de la suspensión provisional en el juicio de amparo, tratándose de la obligación de entrega de ejemplares de obras para el depósito legal, debe ponderarse a la luz del interés social y el orden público, sin que la naturaleza de las normas reclamadas como de orden público sea suficiente para negar la medida cautelar por sí sola, pues debe existir un análisis de fondo que evite incurrir en petición de principio.

Resumen

La presente contradicción de tesis analiza si la suspensión provisional solicitada por editores y productores contra la obligación de entregar ejemplares de sus obras para el depósito legal, prevista en la Ley General de Bibliotecas, debe concederse o negarse. Los tribunales contendientes discrepan sobre si dicha obligación contraviene el interés social o el orden público, requisito para negar la suspensión. Se busca establecer si la naturaleza de orden público de la ley es suficiente para negar la suspensión o si se requiere un análisis más profundo de los requisitos de la Ley de Amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.