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18/2020TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito

La limitación a la compensación de saldos a favor, establecida en el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, no contraviene los principios de progresividad, equidad tributaria ni el de competitividad, y supera el test de proporcionalidad.

Expediente
18/2020
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito
Ponente
Pedro Guillermo Siller González Pico
Fecha
17 nov 2020
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La limitación a la compensación de saldos a favor, establecida en el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, no contraviene los principios de progresividad, equidad tributaria ni el de competitividad, y supera el test de proporcionalidad.

Resumen

El Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito determinó que el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, que restringe la compensación de saldos a favor de impuestos federales, es constitucional. El tribunal consideró que dicho precepto no genera antinomia con el Código Fiscal de la Federación ni con la Ley del IVA, además de superar el test de proporcionalidad y no vulnerar los principios de progresividad, equidad ni competitividad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.