La rescisión de un contrato de arrendamiento por necesidad del propietario de ocupar la finca, debe ir acompañada de la compensación correspondiente, de lo contrario, la sentencia que la decrete sin ella, es violatoria de garantías.
El presente caso aborda la rescisión de un contrato de arrendamiento bajo la legislación del Estado de Michoacán, específicamente cuando el arrendador necesita ocupar el inmueble. El tribunal determinó que si bien la acción rescisoria es procedente por esta causa, es indispensable decretar la compensación prevista en la ley. La omisión de esta compensación en la sentencia reclamada la hace violatoria de garantías en perjuicio del arrendatario.
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