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403/2024Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Colima

El sobreseimiento procede cuando la autoridad señalada como responsable no tiene tal carácter, pues no emite o ejecuta el acto reclamado, o no tiene facultades para ello.

Expediente
403/2024
Tribunal
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Colima
Ponente
Josefina Rodriguez Mendez
Fecha
6 feb 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento procede cuando la autoridad señalada como responsable no tiene tal carácter, pues no emite o ejecuta el acto reclamado, o no tiene facultades para ello.

Resumen

Se sobresee el juicio de amparo promovido por la quejosa contra diversos actos reclamados. La determinación se fundamenta en que las autoridades señaladas como responsables, en particular el Jefe de Área Administrativa adscrito a la Coordinación de lo Contencioso de la Unidad Jurídica de Servicios de Salud del IMSS-BIENESTAR, no tienen el carácter de autoridad para efectos del juicio de amparo, ya que no se les atribuye la emisión o ejecución de los actos reclamados ni poseen facultades para ello.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.