La prohibición de la subcontratación de personal, salvo por servicios especializados, y la imposición de responsabilidades solidarias, no contravienen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El presente asunto aborda la constitucionalidad de las reformas en materia de subcontratación laboral, publicadas el 23 de abril de 2021. Las quejosas argumentaron que la prohibición de la subcontratación de personal, salvo para servicios especializados, y la imposición de responsabilidades solidarias, violaban diversos principios constitucionales como la libertad de trabajo, igualdad, seguridad jurídica y proporcionalidad. La Suprema Corte analizó la figura de la subcontratación, sus antecedentes legislativos y las razones detrás de la reforma, concluyendo que las disposiciones reclamadas buscan combatir prácticas abusivas y de evasión fiscal, protegiendo los derechos de los trabajadores y la hacienda pública, por lo que no contravienen la Constitución.
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