La procedencia penal contra servidores públicos federales, como el Fiscal General de la República, requiere de una declaración de la Cámara de Diputados, mientras que la responsabilidad de servidores públicos locales por delitos del fuero común se rige por la legislación de cada entidad federativa.
El presente caso analiza la procedencia penal contra servidores públicos federales y locales. Se establece que para proceder penalmente contra altos funcionarios federales, como el Fiscal General de la República, es necesaria una declaración de la Cámara de Diputados. En contraste, la responsabilidad de los servidores públicos locales por delitos del fuero común se rige exclusivamente por las normas que cada entidad federativa emita en uso de su libertad de configuración legislativa. Se citan precedentes relevantes que ilustran estas distinciones.
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