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699/22-19-01-9NiegaTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Chiapas

La Sala Regional determina que los requerimientos de obligaciones fiscales, al ser actos de molestia que causan un perjuicio inminente y directo al contribuyente, son impugnables por sus propios vicios, y la omisión de impugnarlos en tiempo, aun cuando se controvierta la multa derivada, genera la preclusión del derecho a su análisis.

Expediente
699/22-19-01-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
27 may 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Sala Regional determina que los requerimientos de obligaciones fiscales, al ser actos de molestia que causan un perjuicio inminente y directo al contribuyente, son impugnables por sus propios vicios, y la omisión de impugnarlos en tiempo, aun cuando se controvierta la multa derivada, genera la preclusión del derecho a su análisis.

Resumen

El actor demandó la nulidad de multas impuestas por la Delegación de Hacienda de Tapachula. Argumentó que las multas eran ilegales por derivar de requerimientos mal fundados y motivados, y por violar el principio non bis in idem y la debida motivación en la actualización de las multas. La Sala Regional declaró inoperantes los argumentos contra los requerimientos, al considerar que, al ser actos de molestia impugnables, la omisión de hacerlo en su momento generó preclusión. Respecto al principio non bis in idem, determinó que la imposición de una multa por cada obligación no cumplida es legal conforme al artículo 75 del CFF. Finalmente, consideró fundados los argumentos sobre la actualización de las multas, al no advertir vicios en el procedimiento seguido por la autoridad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.