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279/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del recurso de revisión cuando subsiste el problema de constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de un precepto constitucional.

Expediente
279/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
27 nov 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del recurso de revisión cuando subsiste el problema de constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de un precepto constitucional.

Resumen

El Tribunal Colegiado se declaró incompetente para conocer de la constitucionalidad de los artículos 29 y 30 de la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación, ordenando remitir los autos a la Suprema Corte. La Suprema Corte, al analizar su competencia, determinó que es el tribunal idóneo para resolver sobre la constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de preceptos constitucionales en el recurso de revisión, conforme a lo establecido en el artículo 107, fracción VIII, de la Constitución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.