Los artículos del Código Fiscal de la Federación que imponen al contribuyente la obligación de indemnizar al fisco con el 20% del valor de un cheque no pagado, sin permitirle demostrar causas ajenas a su voluntad, violan la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 constitucional.
La obligación de indemnizar al fisco con el 20% del valor de un cheque no pagado, establecida en los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación (vigente hasta 1982) y 21 del código tributario en vigor, es inconstitucional. Esto se debe a que priva al contribuyente de la garantía de audiencia, al no permitirle demostrar que la falta de pago se debió a causas ajenas a su voluntad, constituyendo un acto de privación contrario al artículo 14 de la Constitución.
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