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163/2014TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Resulta infundada la primera parte del primer concepto de violación porque un nombre comercial es un rótulo o anuncio exterior que ostenta un establecimiento y, además, también puede constituirse por la denominación de una empresa, sin que sea necesario aquel rótulo o anuncio para acreditar su existencia. Resulta fundada la segunda parte del primer concepto de violación porque de la valoración de pruebas realizada por la Sala responsable no se advierte que se haya acreditado que el nombre comercial fintegra haya sido usado para amparar la prestación de servicios legales de la clase 45 internacional, ni se advierte la zona geográfica con la cual se vincula la clientela efectiva relativa al nombre comercial en controversia.

Expediente
163/2014
Tribunal
Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Ernesto Martínez Andreu
Fecha
6 ago 2014
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Resulta infundada la primera parte del primer concepto de violación porque un nombre comercial es un rótulo o anuncio exterior que ostenta un establecimiento y, además, también puede constituirse por la denominación de una empresa, sin que sea necesario aquel rótulo o anuncio para acreditar su existencia. Resulta fundada la segunda parte del primer concepto de violación porque de la valoración de pruebas realizada por la Sala responsable no se advierte que se haya acreditado que el nombre comercial fintegra haya sido usado para amparar la prestación de servicios legales de la clase 45 internacional, ni se advierte la zona geográfica con la cual se vincula la clientela efectiva relativa al nombre comercial en controversia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.