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4/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe determinar si existe o no una contradicción de criterios entre Tribunales Colegiados de Circuito.

Expediente
4/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
5 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe determinar si existe o no una contradicción de criterios entre Tribunales Colegiados de Circuito.

Resumen

Se resuelve una posible contradicción de criterios entre diversos Tribunales Colegiados de Circuito y el extinto Pleno del Octavo Circuito, en relación con la procedencia del juicio de amparo indirecto contra actos de remoción y baja definitiva de un puesto en la administración pública municipal. La denuncia fue presentada por la delegada autorizada de la Secretaría de Seguridad Pública del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. Se recabaron las constancias de los expedientes de amparo correspondientes para analizar los criterios emitidos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.