Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se declara infundado el recurso de reclamación, ya que se considera que la nulidad de la resolución negativa ficta, por acreditamiento del impuesto al valor agregado y el consecuente reconocimiento del derecho subjetivo a la devolución del impuesto, es un vicio de forma, y no de fondo, ya que obedece a la omisión de la autoridad de exponer las razones de la negativa ficta al contestar la demanda y la ampliación.
Expediente
24/2024
Tribunal
Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Soledad Tinoco Lara
Fecha
13 jun 2024
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se declara infundado el recurso de reclamación, ya que se considera que la nulidad de la resolución negativa ficta, por acreditamiento del impuesto al valor agregado y el consecuente reconocimiento del derecho subjetivo a la devolución del impuesto, es un vicio de forma, y no de fondo, ya que obedece a la omisión de la autoridad de exponer las razones de la negativa ficta al contestar la demanda y la ampliación.
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