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989/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La ineficacia de los agravios en el amparo directo en revisión impide revocar la sentencia recurrida y conceder el amparo, cuando la norma impugnada no permite suplir deficiencias en las propuestas de licitación pública y establece con precisión los requisitos cuyo incumplimiento no acarrea la insolvencia de dichas propuestas.

Expediente
989/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
28 may 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La ineficacia de los agravios en el amparo directo en revisión impide revocar la sentencia recurrida y conceder el amparo, cuando la norma impugnada no permite suplir deficiencias en las propuestas de licitación pública y establece con precisión los requisitos cuyo incumplimiento no acarrea la insolvencia de dichas propuestas.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un amparo directo en revisión donde se analizó la constitucionalidad del artículo 36 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. La quejosa argumentó que dicho precepto vulneraba los principios de igualdad, seguridad jurídica y continuidad al no definir claramente los requisitos cuyo incumplimiento no afectaba la solvencia de las propuestas en licitaciones públicas. El Tribunal Colegiado negó el amparo, y la quejosa recurrió. La Sala confirmó la sentencia recurrida y negó el amparo, considerando ineficaces los agravios.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.