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559/25-14-01-2OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Guerrero

La notificación por buzón tributario es legalmente válida cuando se cumplen los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación, independientemente de la vigencia de la FIEL del contribuyente, siempre que se haya enviado el aviso de confirmación y el contribuyente haya registrado y validado sus medios de contacto.

Expediente
559/25-14-01-2
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
3 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La notificación por buzón tributario es legalmente válida cuando se cumplen los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación, independientemente de la vigencia de la FIEL del contribuyente, siempre que se haya enviado el aviso de confirmación y el contribuyente haya registrado y validado sus medios de contacto.

Resumen

El Tribunal determinó que la notificación realizada a través del buzón tributario fue legal. La actora argumentó que la notificación era ilegal porque su FIEL estaba caducada y no existía acuse de recibo. Sin embargo, la autoridad demostró que la actora registró y validó sus medios de contacto (correo electrónico y número de celular) y que se le envió el aviso de confirmación. El Tribunal concluyó que la validez de la notificación por buzón tributario no depende de la vigencia de la FIEL, sino del cumplimiento de los procedimientos de registro, validación y envío de avisos establecidos en el Código Fiscal de la Federación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.