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365/2019TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito

La inconstitucionalidad de una norma general, declarada por el juzgador de amparo, no puede ser materia de análisis en el recurso de revisión, pues ello implicaría desconocer el efecto restitutorio de la sentencia de amparo.

Expediente
365/2019
Tribunal
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Marco Antonio Bello Sánchez
Fecha
1 jun 2020
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La inconstitucionalidad de una norma general, declarada por el juzgador de amparo, no puede ser materia de análisis en el recurso de revisión, pues ello implicaría desconocer el efecto restitutorio de la sentencia de amparo.

Resumen

El tribunal colegiado determinó que la revisión de una sentencia que declaró inconstitucional una norma general no puede abordar la constitucionalidad de dicha norma. Esto se debe a que la declaratoria de inconstitucionalidad ya ha surtido efectos y cualquier análisis posterior en revisión iría en contra del principio de restitución que busca el amparo. Por lo tanto, el recurso de revisión principal se declaró infundado y el adhesivo sin materia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.