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SJF · Tesis

La suspensión debe concederse sin fianza contra la orden de no pagar haberes a un militar, pues de lo contrario se le causarían perjuicios de difícil reparación al impedirle la compensación por sus servicios, sin ocasionar daño a tercero.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1939
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La suspensión debe concederse sin fianza contra la orden de no pagar haberes a un militar, pues de lo contrario se le causarían perjuicios de difícil reparación al impedirle la compensación por sus servicios, sin ocasionar daño a tercero.

Resumen

Se determinó que procede conceder la suspensión provisional contra la orden de no pagar los haberes a un militar. La negativa de la suspensión causaría perjuicios de difícil reparación al impedir la compensación por los servicios prestados y por los que continúe prestando. Además, se consideró que la suspensión debe otorgarse sin necesidad de fianza, ya que no se causa daño a terceros y se protege el derecho del militar a la compensación por sus servicios, en aras de no violar el artículo 5o. constitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.