Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto· tema sin holding extraído
[Configuración de negativa ficta y decretó la nulidad de la misma para el efecto de que la enjuiciada emita la constancia de liberación de obra de construcción, pues la enjuiciada no demostró haber ejercido sus facultades de comprobación dentro del término de noventa días posteriores a la presentación del aviso de conclusión de obra, conforme a lo previsto por el numeral 12-A del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, lo que jurídicamente imposibilitaba que la demandada iniciara el diverso procedimiento presuntivo previsto en el artículo 18 del citado reglamento.] Es IMPROCEDENTE el recurso, el instituto demandado no justificó la importancia y trascendencia del asunto en controversia, en función de que no precisó qué supuestos de la fracción VI del artículo 63 de la ley de materia se actualizaba en la especie.
Expediente
231/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto
Ponente
Laura Lizbeth Villalobos Martínez
Fecha
3 sep 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
[Configuración de negativa ficta y decretó la nulidad de la misma para el efecto de que la enjuiciada emita la constancia de liberación de obra de construcción, pues la enjuiciada no demostró haber ejercido sus facultades de comprobación dentro del término de noventa días posteriores a la presentación del aviso de conclusión de obra, conforme a lo previsto por el numeral 12-A del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, lo que jurídicamente imposibilitaba que la demandada iniciara el diverso procedimiento presuntivo previsto en el artículo 18 del citado reglamento.] Es IMPROCEDENTE el recurso, el instituto demandado no justificó la importancia y trascendencia del asunto en controversia, en función de que no precisó qué supuestos de la fracción VI del artículo 63 de la ley de materia se actualizaba en la especie.
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