El Tribunal Federal de Justicia Administrativa no es competente para conocer de penalizaciones derivadas de contratos de naturaleza mercantil, aun cuando se emitan en oficios que refieran a sanciones administrativas.
Se sobresee el juicio contencioso administrativo al determinarse que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa carece de competencia para conocer de una penalización impuesta por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. La resolución impugnada, si bien se refiere a una multa, en realidad constituye una penalización derivada de un contrato de prestación de servicios de naturaleza mercantil, lo cual no encuadra en las hipótesis de competencia del Tribunal.
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