La incorrecta cita de la cláusula que fundamenta la competencia de una autoridad local para emitir una orden de visita domiciliaria, en el marco de un convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, constituye un vicio formal que anula dicho acto de molestia.
Se analiza la validez de una orden de visita domiciliaria emitida por una autoridad local en el contexto de un convenio de colaboración administrativa con la Secretaría de Hacienda. La incorrecta cita de la cláusula que otorga la competencia, específicamente la fracción I en lugar de la fracción II de la cláusula segunda del convenio, se considera un vicio formal. Este vicio es suficiente para declarar la nulidad del acto, ya que la correcta fundamentación es esencial para la legalidad de la actuación de la autoridad.
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