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SJF · Tesis

La obligación de las donatarias autorizadas de presentar informes sobre el uso y destino de los donativos recibidos con motivo de los sismos de septiembre de 2017, aun cuando no hubieran recibido dádivas, se cumple mediante la ficha de trámite 128/ISR, sin que ello implique una regulación novedosa de materias reservadas a leyes del Congreso de la Unión.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
30 sep 2022
Materia
constitucional
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La obligación de las donatarias autorizadas de presentar informes sobre el uso y destino de los donativos recibidos con motivo de los sismos de septiembre de 2017, aun cuando no hubieran recibido dádivas, se cumple mediante la ficha de trámite 128/ISR, sin que ello implique una regulación novedosa de materias reservadas a leyes del Congreso de la Unión.

Resumen

El criterio establece que la ficha de trámite 128/ISR, emitida por el SAT, no invade la esfera legislativa del Congreso de la Unión al regular la forma en que las donatarias autorizadas deben cumplir con su obligación de informar sobre el uso y destino de los donativos recibidos con motivo de los sismos de 2017. Se precisa que esta ficha detalla el procedimiento para presentar dichos informes, incluyendo el supuesto de no haber recibido donativos, sin alterar la obligación sustantiva.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.