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46/2025NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

Los agravios que controvierten pronunciamientos sobre el cumplimiento de una resolución previa, en tanto que se relacionan con otros recursos administrativos pendientes de resolución, deben desestimarse en el recurso actual para ser analizados en su oportunidad procesal.

Expediente
46/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
2 abr 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

Los agravios que controvierten pronunciamientos sobre el cumplimiento de una resolución previa, en tanto que se relacionan con otros recursos administrativos pendientes de resolución, deben desestimarse en el recurso actual para ser analizados en su oportunidad procesal.

Resumen

El presente caso aborda la desestimación de agravios presentados por un recurrente en contra de un auto. Los agravios se referían a la ratificación como Magistrado de Circuito y la ilegalidad de una inhabilitación, argumentando violaciones al debido proceso y la falta de firmeza de la inhabilitación por estar impugnada en otros recursos administrativos. La Segunda Sala determinó que estos agravios debían desestimarse en el presente recurso, ya que los temas relacionados ya estaban siendo analizados en otras revisiones administrativas pendientes, y serían materia de estudio en su oportunidad procesal.

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