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9/2021OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La prescripción negativa se configura por el silencio o la inacción del titular de la acción durante el plazo legalmente establecido, presumiéndose el abandono del derecho y buscando poner fin a la incertidumbre jurídica.

Expediente
9/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
14 jul 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La prescripción negativa se configura por el silencio o la inacción del titular de la acción durante el plazo legalmente establecido, presumiéndose el abandono del derecho y buscando poner fin a la incertidumbre jurídica.

Resumen

La prescripción negativa, también conocida como extintiva, se fundamenta en la necesidad de dar certeza jurídica a las relaciones y evitar la prolongada incertidumbre derivada de la inacción del titular de un derecho. Para su configuración, es indispensable que transcurra el tiempo señalado por la ley sin que dicho titular ejerza la acción correspondiente, lo que se interpreta como una presunción de abandono del derecho.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.