La imposición de la pena de cuatro años, seis meses de prisión y los días multa, así como la condena a la reparación del daño, es correcta cuando el valor de lo defraudado excede de setecientas cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la imposición de una pena de cuatro años, seis meses de prisión y la condena a la reparación del daño. Esto se determinó al considerar que el valor de lo defraudado excedió el umbral establecido de setecientas cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, calificando como infundado el concepto de violación que impugnaba dicha sanción.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.