El proceso legislativo de las normas que imponen la obligación de presentar contabilidad electrónica, así como su refrendo y publicación, son actos de naturaleza formal y materialmente legislativa, impugnables en amparo indirecto.
El Juzgado de Distrito sobresee el juicio de amparo respecto de la aplicación de disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas fiscales, al considerar que son actos formal y materialmente legislativos. Sin embargo, concede el amparo respecto del proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación y su reforma, para el efecto de que la sola omisión de presentar pruebas en un procedimiento de revisión electrónica no justifique el cobro de una preliquidación mediante ejecución forzosa.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.