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691/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La continuidad de los magistrados en sus cargos, tras la abrogación de una ley orgánica y la expedición de una nueva, se rige por las disposiciones transitorias de esta última, las cuales deben interpretarse conforme a los principios de inamovilidad judicial y seguridad jurídica.

Expediente
691/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
28 ago 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La continuidad de los magistrados en sus cargos, tras la abrogación de una ley orgánica y la expedición de una nueva, se rige por las disposiciones transitorias de esta última, las cuales deben interpretarse conforme a los principios de inamovilidad judicial y seguridad jurídica.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un amparo en revisión donde se impugnaron diversos preceptos transitorios de las Leyes Orgánicas del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La quejosa, quien fungió como magistrada regional, argumentó la inconstitucionalidad de las disposiciones que regían la continuidad de su encargo tras las reformas. La Corte determinó que la justicia de la unión no ampara ni protege a la quejosa contra dichos preceptos, al considerar que la interpretación de las normas transitorias debe salvaguardar los principios de inamovilidad y seguridad jurídica.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.