El interés legítimo en materia ambiental para reclamar una omisión exige que el quejoso acredite la afectación del ecosistema y entorno donde se desenvuelve, así como que la concesión del amparo se traduzca en un beneficio directo para él por su especial posición frente al orden jurídico.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece los requisitos para acreditar el interés legítimo en materia ambiental cuando se reclama una omisión. El quejoso debe demostrar que la omisión afecta el ecosistema y su entorno, y que la concesión del amparo resultará en un beneficio directo para él, derivado de su posición particular frente al ordenamiento jurídico. La Corte también se reserva la facultad de atraer casos de amparo en revisión por su interés y trascendencia.
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